¿Pueden embargar si la persona no vive en el domicilio?

Equipo Editorial Fincompara

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En México, el embargo es un derecho al que pueden recurrir los acreedores para reclamar el pago de una deuda que no ha sido cubierta en tiempo y forma. Y dentro de este universo, los préstamos personales se encuentran inmersos. Por lo que sí, si dejas de pagar un crédito personal, la institución que te otorgó el financiamiento podría solicitar la retención de tus bienes para saldar la deuda. 

Sin embargo, en este tipo de cuestiones hay algunos elementos a considerar. 

¿Qué es un embargo de bienes? 

Es cuando el banco entra a tu hogar para llevarse los bienes embargables permitidos por la ley, para rematarlos y con eso cubrir la deuda pendiente con la institución bancaria o financiera. Por lo que es un derecho que tiene el acreedor para recuperar lo prestado. 

Si bien los acreedores pueden solicitar un embargo para recuperar algún crédito, dependerá de cada institución, y sus criterios para evaluar los casos, si deciden hacer efectivo la opción y entablar un juicio de embargo

No pierdas de vista que antes de recurrir a la figura del embargo, las instituciones buscarán agotar todas las opciones de mediación para saldar la deuda. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, entonces sí, la entidad financiera evaluaría emprender las acciones correspondientes. 

¿Por cuánto dinero me pueden embargar? 

En esa lógica, ten en cuenta que las tiendas departamentales o los bancos podrían emprender un embargo por cualquier monto de deuda. No existe un parámetro oficial. Sin embargo, esto dependerá de la firma en cuestión, pues emprender un juicio de embargo requerirá que la institución dedique esfuerzo y recursos para recuperar esa deuda. Sobre eso, decidirán si es viable o no emprender las acciones legales. 

Ordinariamente, en deudas relativamente bajas, las instituciones optan por la mediación para evitar gastar más de lo que van a recuperar. 

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¿Cómo saber si hay un embargo en mi contra? 

En primer orden, debes tener en cuenta que un embargo se deriva de la resolución de un juez. Por ello, para llegar a este punto, el acreedor primero deberá interponer una demanda, y en caso de ser aceptada, un actuario designado por la autoridad será el encargado de notificarte sobre el caso. 

No pierdas de vista este elemento, porque se han presentado casos de malas prácticas por parte de algunos Despachos de Cobranza, en los que se amenaza con embargo, o en ocasiones, notifican que el embargo ya está girado para reclamar el pago. No obstante, ellos no tienen la facultad para emprender una acción de este tipo.

Como seguro sabrás, algunos bancos o tiendas departamentales encomiendan a despachos de cobranza el dar seguimiento al cobro de las deudas. A pesar de ello, éstos deben actuar conforme a la ley y evitar amedrentar para exigir el pago del crédito

Cabe señalar que, en ocasiones, las instituciones venden la cartera vencida, es decir, los créditos que han caído en impago. En este tipo de casos hay que estar muy atentos, pues se da particularmente con crédito pequeños, por lo que, de ser el caso, ya no le deberías a la institución con la que solicitaste el crédito, sino con el despacho que adquirió la deuda.  

¿Pueden embargar si la persona no vive en el domicilio? 

La orden de embargo deberá dictarla un juez civil, por lo que se le debe notificar la hora, fecha y lugar del secuestro. La dirección a embargar es la que esté registrada ante la autoridad, si la persona no vive en el domicilio o se cambió de hogar este cambio debe ser notificado al juez para proceder al embargo. 

 

Si el dueño del domicilio  tiene temor de que procedan contra sus bienes, debe notificar a la autoridad correspondiente o comprobar que los bienes que están dentro del hogar a embargar son propiedad de él y no de la persona que tiene la deuda pendiente. El ejecutante del embargo no podrá secuestrar los bienes de otra persona que no sea el deudor. 

 

¿Pueden embargar si el deudor no está en el domicilio? 

En caso de que la persona se encuentre ausente para ejecutar el embargo, el interventor tiene derecho a utilizar la fuerza pública. El embargo de bienes puede ejecutarse sin presencia del dueño. Y los objetos a secuestrar son los que permite la ley en el Código Federal de Procedimientos Civiles. 

 

¿Qué bienes me pueden embargar? 

  • Dinero
  • Joyas
  • Créditos vigentes.
  • Pensiones y sueldos (solo un porcentaje de estos, si no están protegidos por la ley). 
  • Muebles de lujo. 
  • Bienes raíces. 
  • Rentas

 

¿Qué bienes no pueden embargarme? 

  • Libros.
  • Herramientas para el uso del trabajo. 
  • Sueldos y pensiones (protegidos por la ley) 
  • Vestimenta de uso diario. 
  • Armas y caballos.

¿Cómo evitar un embargo de bienes? 

  • Si tienes un crédito personal, pero te encuentras en una situación en la que no te es posible seguir cumpliendo con los pagos, la mejor opción es acercarte con el acreedor y tratar de llegar a acuerdos. Si ya estás en un escenario de impago, existen opciones como las reparadoras de crédito, empresas que son especialistas en negociar con los acreedores y ayudar a las personas a salir de los adeudos. 
  • En este tipo de casos, ignorar el problema no es una solución, pues es un conflicto que puede escalar y convertirse en una bola de nieve inmensa, que conforme avanza, crece
  • Recuerda que caer en impago afecta directamente tu historial crediticio en el Buró de Crédito, lo que hace tener una mala calificación y cerrarte la puerta a otras opciones de financiamiento. 
  • La mejor opción antes de solicitar un crédito personal es realizar una planeación, en la que contemples escenarios futuros. Toma en cuenta que ese préstamo se convertirá en un gasto fijo para los próximos meses, de acuerdo al plazo pactado, por lo que deberás apartar el monto correspondiente mes con mes para realizar el pago, así como lo haces con servicios como el teléfono.  ¡Cuida tu dinero y tus finanzas personales!​

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