¿Cuánto tiempo pasa para un embargo?

Equipo Editorial Fincompara

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Uno de los mayores temores que se tienen cuando uno no puede liquidar una deuda es que le embarguen bienes que cubran el préstamo obtenido; sin embargo, antes de llegar a este escenario, las personas pueden actuar y evitar muchos dolores de cabeza y por ende un perjuicio a su patrimonio.

¿Qué es un embargo de bienes? 

El embargo es el despojo de bienes que una persona puede sufrir en caso de no recurrir a una deuda. Pero esto no debe de alterarse, ya que para que esto suceda, tiene que haber un procedimiento de varias etapas, comenzando por los primeros incumplimientos a una institución financiera, como lo puede ser un banco.

Cuando comienzan los atrasos en los pagos, un banco insistirá en recuperar el adeudo hasta en los 89 días posteriores al incumplimiento. En este lapso, la institución bancaria acreedora insistirá con llamadas telefónicas e incluso, podría asignarle la tarea a un despacho de cobranza para que realice esta labor.

Embargos por despacho de cobranza: ¿existen? 

Hay que señalar que en caso de que un despacho de cobranza realice esta labor por el banco, tendrá que:

  •  Identificarse plenamente.
  • Dirigirse al deudor de manera respetuosa.
  •  Comunicarse o presentarse entre las 7 am y las 10 pm.

De acuerdo con la Condusef.gob.mx, un despacho estaría en el supuesto de un delito en caso de:

  • Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a instituciones públicas.
  •  Amenazar, ofender o intimidar al deudor o sus familiares.
  • Realizar gestiones de cobro a terceros.
  •  Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales. (embargo) 
  • Recibir por cualquier medio y de manera directa el pago del adeudo.

En caso de que un despacho realice alguna de estas prácticas, el afectado puede interponer su queja con la Condusef.

Te puede interesar: ¿Cuándo procede un embargo? 

Clave 96 en Buró de Crédito o día 90 en el banco

A partir del día 90 del incumplimiento con el banco, éste ya clasifica la deuda como parte de su cartera vencida y puede encaminar otros procesos, como la vía legal, para buscar recuperar el monto prestado.

En este escenario, el banco tendrá la posibilidad de iniciar el proceso de demanda, el cual prevé estas posibilidades:

  • Que el deudor sea obligado a pagar el crédito con intereses.
  • Que además de los intereses, el deudor también cubra los gastos judiciales.
  • Que el juez dictamine el embargo de bienes.

¿Cuándo procede un embargo de bienes? 

El proceso de demanda no tiene un plazo definido; sin embargo, éste puede tardar sólo un par de semanas hasta dos años, de acuerdo a las pruebas que se desahoguen y el tiempo que estime el juez en dictar una resolución.

Este tipo de procesos por lo regular son tardados y costosos para las entidades financieras; sin embargo, el embargo de bienes no procede hasta que el juez lo determine, ya sea como forma precautoria o parte de una sentencia definitiva.

Te puede interesar: ¿Cómo saber cuando procede un embargo? 

 

¿Embargo de bienes sin juicio? 

También existen las posibilidades de que el banco acreedor pueda ir por bienes del deudor sin requerir la determinación de un juez, pero éstas son contadas. Por ejemplo, si una persona adquiere un crédito hipotecario y deja de pagarlo, el inmueble con el que se adquirió el financiamiento queda como garantía en caso de un incumplimiento.

Asimismo, en productos como las tarjetas de crédito, si en el contrato se contempla una cláusula de compensación, el banco podría irse contra las cuentas de depósito de la persona involucrada para cubrir el adeudo por el financiamiento otorgado.

Sin embargo, en este escenario el deudor debe de tener conocimiento absoluto de las cláusulas contempladas en su contrato, para conocer si es posible que le apliquen este mecanismo, pero en caso de que no y el banco lo haga, puede acudir a Condusef a interponer su reclamación.

¿Qué bienes no me pueden embargar? 

 

Cuando se ejecuta el embargo no todos los bienes se pueden llevar, te compartimos la lista que según el Código Federal de Procedimientos Civiles está permitido secuestrar y cuáles no. 

 

No son sujeto a embargo

  • Libros 
  • Herramientas para ejecutar el trabajo del deudor. 
  • Sueldo y pensiones que estén protegidas por la ley. 
  • Muebles de uso diario. 
  • Vestimenta. 

 

Sujetos a embargo 

 

  • Rentas
  • Bienes raíces
  • Sueldos y pensiones, solo un porcentaje de estos. 
  • Muebles de lujo
  • Alhajas y joyas. 

 

Cuando el embargo se ejecute, el interventor debe presentarse y en caso de que la persona no se encuentre en su domicilio, éste tendrá la facultad de regresar en las próximas 24 horas y en caso ausencia, se podrá hacer uso de la fuerza pública para concretar el secuestro. 

¿Cómo evitar un embargo de bienes? 

Ahora, también para evitar llegar a ser embargado, lo cual puede generar muchos dolores de cabeza para el deudor, es mejor buscar un acuerdo con el banco al  que se le debe, por lo cual también puede apoyarse en las reparadoras de crédito como Resuelve tu Deuda, que realmente pueden facilitar el acuerdo, sobre todo si se tienen adeudos por más de 35,000 pesos.

Una reparadora de crédito tiene la facultad de negociar con tu banco o institución financiera con el fin de que pagues menos por tu deuda, esto a través de un programa de plazos que te hará ahorrar y pagar al mismo tiempo. 



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