Infórmate: las deudas sí se pueden heredar

Equipo Editorial Fincompara

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¿Sabías qué, en caso de fallecer un familiar, podrías heredar sus deudas?  La muerte de un ser querido siempre resulta un hecho difícil para cualquier persona. Sin embargo, toma en cuenta este dato, para estar preparado y evitar sorpresas en momentos tan difíciles como los decesos. Porque sí, las deudas se heredan.

Es importante que sepas que cuando una persona muere, no necesariamente desaparecen sus deudas. Hay algunos casos en los que los compromisos financieros se mantienen activos e incluso siguen generando intereses.

Evidentemente, no en todos los casos ocurre este escenario. Por ello, a continuación, te explicamos todo lo que debes saber al respecto.

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 ¿En qué casos las deudas se heredan?

En la actualidad, en la mayoría de los préstamos o financiamientos que se ofrecen en el país, se contempla un seguro de vida. Con ello, al momento del fallecimiento del titular de la cuenta, esta póliza entra en acción y cubre el saldo insoluto que haya quedado pendiente. Así, la familia queda exenta de liquidar cualquier pago.

Principalmente, este tipo de seguros los vemos en financiamientos de largo plazo, como los créditos hipotecarios o automotrices. Por lo que, si el fallecido compró una casa o automóvil mediante un financiamiento, seguramente contará con una póliza que deja a la familia a salvo.

Algunas instituciones ya replican el incluir el seguro de vida en productos como tarjetas de crédito, e incluso préstamos personales. En esa línea, la intención justo es salvaguardar tanto a la institución que presta como a la familia ante una tragedia de esta índole.

En el caso de las tarjetas de crédito, por ejemplo, la profeco.gob.mx señala que las emisoras de plásticos (como también se les conoce a este tipo de productos) están obligadas a contar con seguros de vida o esquemas de cobertura similar para saldar la deuda en caso de fallecimiento. Con ello, las familias quedan protegidas. Sin embargo, hay algunas excepciones.

Debes saber que, si se presenta un retraso en el pago de la tarjeta de más de tres meses, el seguro no es válido, por lo que la deuda sigue vigente. También, es importante decir que la póliza solo cubre el saldo hasta el día de la muerte del titular. Si se realizan disposiciones luego de la muerte, sobre todo con tarjetas adicionales, no entran en la cobertura del seguro, por lo que se puede exigir el pago.

Es importante destacar que de acuerdo con la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros aprobada por los diputados.gob.mx en 2007, si la cuenta del titular fallecido contaba con tarjetas adicionales, los propietarios de éstas no podrán considerarse como obligados solidarios. Esto los exime de ser los responsables de cubrir la deuda existente.

Por otro lado, caso especial es el de las tarjetas departamentales. En éste, es muy importante conocer los términos en los que se contrata el producto, pues de eso dependerá la manera de proceder en caso de fallecimiento.

En algunos ejemplos, este tipo de tarjetas incluyen un seguro que paga mes con mes el titular de la cuenta. En caso de fallecimiento, este cubre el saldo pendiente que dejara. No obstante, este seguro no es obligatorio, por lo que, de no contar con la póliza, la deuda no se cancela con la muerte del titular, se mantiene vigente y sigue generando interés.

¿Quién hereda la deuda?

De acuerdo con lo expuesto por la condusef.gob.mx, una persona hereda las deudas de un familiar o de un tercero en los siguientes casos:

  • Cuando la persona firmó un documento y quedó como obligado solidario, coacreditado o aval.
  • Si el fallecido estuvo casado, la pareja heredará la deuda.
  • En el momento que una persona fue nombrada albacea, es decir, fue elegida en un testamento para administrar los bienes del fallecido.
  • De no existir un testamento de por medio, un tribunal puede nombrar a un administrador, quien será encargado de saldar las deudas del fallecido.

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Sigue estas recomendaciones

Para evitar heredar problemas a la familia, resulta importante mantener al tanto a nuestro círculo más cercano sobre los tipos de compromisos financieros que se adquieren. Esto con la mira de dar las herramientas y saber cómo actuar en caso de fallecimiento.

Por otro lado, si has heredado las deuda de un familiar, no caigas en pánico. Infórmate y conoce a detalle el compromiso que se debe encarar. Si no cuentas con recursos, recuerda que siempre existen opciones, como las llamadas reparadoras de crédito, quienes son especialistas en resolver deudas.

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