CobranzaExtrajudicial

¿Qué es cobranza extrajudicial?

Equipo Editorial Fincompara

Equipo Editorial Fincompara

Cuando una persona cae en impago, las instituciones financieras emprenden diversas gestiones para recuperar el saldo vencido de esa cuenta. A este tipo de mecanismo se le conoce como Cobranza Extrajudicial.

Cobranza extrajudicial: ¿qué es?   

De manera concreta, el término se refiere a gestiones que emprenden las instituciones para reclamar el pago por su cuenta, esto sin recurrir a la autoridad. Y es que, cabe señalar, ante un adeudo, los organismos tienen el derecho de entablar una demanda, para que sea un juez el que requiera el pago, lo que podría desembocar en un embargo.

 

Así, la Cobranza Extrajudicial podría verse como un paso antes de que la institución decida resolver el tema por la vía legal, en lo que sería cobranza judicial. En este paso se antepone la negociación y la intermediación con el cliente en aras de evitar escalar el problema.

 

Cobranza extrajudicial ilegal

Dicho eso, se debe entender que la Cobranza Extrajudicial puede realizarse por la misma institución o a través de terceros. En este punto, los despachos de cobranza son las figuras a las que recurren las instituciones financieras para dar seguimiento a créditos en mora.

 

Es importante decir que si bien, la cobranza extrajudicial está permitida, hay algunos lineamientos que se deben cumplir. De lo contrario, de faltar a los preceptos establecidos para la autoridad, se podría incurrir en un delito.

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Elementos de la Cobranza Extrajudicial ilegal

 

De manera sencilla, se entiende como cobranza extrajudicial ilegal a aquel proceso que se vale de la amenaza y la intimidación para reclamar el pago de una deuda. Dentro del concepto, también se incluye como ilegal acciones en las que los despachos se valen de documentos o sellos falsos, así como de usurpar funciones para amedrentar con temas como embargo o cárcel.

 

En este tipo de casos, incluso, el Código Penal Federal, que se puede consultar en diputados.gob.mx, establece sanciones económicas y de reclusión para quienes emprendan una cobranza extrajudicial ilegal. Específicamente, el documento señala  que “se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal”.

 

De esta forma, para que un proceso de cobranza extrajudicial se considere dentro de los parámetros de las buenas prácticas, los despachos deben evitar, entre otras cosas, usar lenguaje vulgar e insultante, o tomar actitudes de hostigamiento, tanto para el deudor como para las personas que integran su círculo cercano.

 

Al respecto, como punto principal, se debe saber que los despachos de cobranza no pueden amenazar con temas como iniciar un embargo o meter a la cárcel a una persona. Es importante destacar que los despachos solo son intermediarios y no tienen la facultad para iniciar con procedimientos como el embargo

 

Para que un embargo proceda debe existir la resolución de un juez. Y para llegar a este punto, la institución financiera involucrada debió interponer una demanda, la cual sería notificada por el juzgado que lleva el caso y no por el despacho de cobranza.

 

En ese tenor, lo que sí podrían hacer los despachos es informar sobre las consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago, y en esa línea, sobre las posibles acciones a iniciar en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier tercero relacionado si se continúa con la actitud de impago.

 

Seguir el Código de Ética de Cobranza Extrajudicial

 

En la actualidad, las firmas dedicadas a la cobranza deben realizar sus actividades apegadas a lo que se conoce como el Código de Ética de las Obligaciones para con los Deudores y Público en General, un documento elaborado por la Apcob.com.mx.

 

En términos generales, el Código establece 19 artículos que buscan normar el actuar de los despachos de cobranza. En ellos se reconoce la necesidad de tratar con respeto a los acreditados y manejarse conforme a las buenas prácticas.

 

En tal sentido, es importante destacar que el objetivo de la cobranza extrajudicial es establecer puentes de diálogo con el acreditado. La intención no es tomar acciones que lo perjudiquen, sino negociar y buscar la alternativas para el pago de la deuda.

 

En este escenario, en muchas ocasiones se ofrecen quitas o descuentos para liquidar las deudas. Sin embargo, se debe tomar en cuenta que antes de pasar a la acción legal, las instituciones, a través de sus despachos, buscarán agotar todas las posibilidad para llegar a acuerdo y solventar el tema.

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